¿Nos vemos en Quito?
18/3/22
10/3/22
Más impuestos a la minería, un mal negocio para todos…
Humala nos da un ejemplo de discurso
demagógico, y no es el primer político, ni el último, en querer gravar las
“ganancias extraordinarias” de la minería… o al menos en tratar de conseguir
votos al proponerlo.
Cuando sube el precio de los metales…
El precio de los metales responde a
variaciones cíclicas, y desde hace 20 años estamos en suba. Cuando los precios
se incrementan, es muy tentador para funcionarios de gobierno y políticos
apoderarse de parte de esas “ganancias extraordinarias”. Hasta suena justo y
razonable, es “políticamente correcto”… una buena oportunidad para agrandar la
caja pública; todo un botín para aprovechar. Los defensores del fisco no
advierten que el incremento impositivo en minería se traslada directamente a
los costos y eso tiene consecuencias, desde achicar los yacimientos, afectar la
sustentabilidad social y ambiental de la actividad minera, y reducir las
inversiones, llegando incluso a expulsarlas del país.
Algunos países lo hicieron… El caso
del ECUADOR
Recordemos la frase de Rafael Correa del 2014: “…tenemos los mejores contratos del mundo minero, tan buenos que
nadie nos vino, eso hay que revisar”.
Sin embargo, desde el 2009 Ecuador
tuvo vigente un tributo a los ingresos extraordinarios de la minería, en
función de la variación de precio de los metales. En abril del 2018, la Ministra de Minería Rebeca Illescas, afirmó que la norma no generó ingresos para el
fisco… “Es un tema que responde más a
una cuestión de marketing en la minería que a un tema económico” … “No tenemos
el impacto fiscal de este impuesto. En el Ecuador es cero… nos causa más ruido
que beneficio”. Finalmente, la norma fue derogada a fines del 2018 durante la gestión de Lenín Moreno.
La amenaza de incrementar impuestos,
ante los “ingresos extraordinarios” de las mineras, sigue vigente en varios
países de Latinoamérica, y hasta el mismo Ecuador no está exento de volver a
intentarlo.
Impuestos y tributos que ya son
móviles
De hecho, tanto regalías como
cualquier tipo de tributo directo a las ventas son móviles, pues se incrementan
en valor absoluto cuando suben los precios de los metales, al igual que los
calculados sobre ganancias. Aunque las alícuotas sean fijas, no significa que
el Estado deje de beneficiarse con los mayores precios. Y más aún en el caso de
los tributos calculados en base a ganancias, ya que, a costo constante, la suba
de precios se refleja en un ascenso de la percepción tributaria, y no sólo en
forma absoluta, sino también porcentual. Pero los amantes del fisco quieren
más... quieren tasas progresivas: a mayor precio, más tasa.
Si suben los precios, ¿todo es
“ganancia extraordinaria”?… NO, también sube la inversión en sustentabilidad
ambiental y social
Ante
la suba de precios y debido a esas nuevas inversiones, las “ganancias
extraordinarias” de las empresas no necesariamente se traducen en mayor
rentabilidad. Gran parte de esos nuevos recursos se vuelcan en mejor calidad
ambiental de la operación minera, incluyendo el desarrollo de exigentes planes
de cierre, y en más trabajo junto a las comunidades en el área de influencia de
los proyectos. Así se establecen nuevos estándares ambientales y sociales que
se incorporan al concepto de MINERÍA BIEN HECHA. Son mejoras de las que no se
puede volver, generando una minería cada vez mejor hecha.
¿Mejor
calidad ambiental y social o más impuestos?
La
posibilidad de cobrar impuestos a las “ganancias extraordinarias” es tentadora.
Pero sabemos que gran parte de esos recursos se han volcado y se seguirán
invirtiendo en mejorar la calidad ambiental y social de minas y proyectos. Hay
que elegir…
Los huevos en distinta canasta
Diversificar es sano y necesario en
toda cartera de inversión, y es esencial en una empresa minera. La minería debe
asumir los riesgos propios de la exploración, por las variaciones de precio,
legales, impositivos y hasta que la naturaleza no nos sonría. La empresa minera
debe armar su cartera con proyectos de diverso grado de avance, en variados
ambientes geológicos, y hasta sujetos a diferentes legislaciones, para reducir
el riesgo. Si se le pone un techo al éxito, disminuye notablemente la capacidad
para financiar los inevitables fracasos…
Gracias a las “ganancias
extraordinarias” de un proyecto exitoso, una mina en producción, la empresa
minera puede financiar más “fracasos exploratorios”, aumentando la posibilidad de
encontrar un nuevo proyecto exitoso y convertirlo en otra mina.
Con aumento de impuestos, o una tasa
progresiva que capture las “ganancias extraordinarias”, la minería tendrá menos
recursos para exploración, bajando la probabilidad de éxito, o directamente
escapará de esa legislación impositiva, yéndose del país para invertir en otro.
¿Cómo es un yacimiento?
La ubicación, cantidad y calidad del mineral de un yacimiento lo dispone la naturaleza. La tarea de una empresa minera en la exploración, es averiguarlo al menor costo posible, a fin de elaborar la factibilidad técnica y económica de extracción, procesamiento y transporte. El objetivo es determinar la ubicación, calidad y cantidad de roca con mineral, definida como tonelaje y ley, siendo la ley el contenido de metal y se expresa como proporción en peso. Sin embargo, la distribución del metal en la roca no es uniforme, la ley es inversamente proporcional al tonelaje. Todo yacimiento tiene un pequeño sector muy enriquecido, aumentando el tonelaje a medida que disminuye la ley, con mayores cantidades de roca más pobre en metal.
¿Cómo se arma el negocio minero?
Conocido el yacimiento y siendo
factible su puesta en producción, el inversor establece la rentabilidad que necesita
obtener de su inversión, calculada a partir de la renta de inversiones
alternativas seguras, más los plus que compensen el riesgo propio de la
operación minera. A partir de estos valores y en función de los costos, se
establece la cantidad de mineral que va a ser extraído y los años de vida del
yacimiento, determinando la ley de cabeza, que es la ley del mineral que
ingresa a planta de concentración. La planta se diseña para un rango acotado de
leyes, y es alimentada mezclando mineral de alta ley con mayor cantidad de
mineral de baja ley. Existen límites técnicos y económicos a las variaciones de
la ley de cabeza, por encima de cierto valor, el proyecto no cubre los costos
fijos; por debajo de cierto valor, aumentan exponencialmente los costos
directos, haciendo inviable el proyecto.
¿Y si suben los impuestos?
Cuando el inversor percibe que el
marco impositivo puede variar por decisiones administrativas o por eventuales
cambios legislativos, exige a los proyectos una mayor rentabilidad para cubrir
el riesgo. Si el proyecto ya está en producción, y ante un incremento impositivo,
la empresa tiende a mantener la rentabilidad prevista. En ambos casos, tanto
sea para aumentar la rentabilidad ante mayor riesgo, o para mantenerla ante la
suba de costos, se incrementa la ley de cabeza.
El aumento de la ley de cabeza
significa que menos mineral de baja ley será ingresado a planta. En la
práctica, se extraerá menos volumen de roca y se acorta la vida del yacimiento,
pues los sectores más pobres en mineral dejarán de ser aprovechados, llegando
incluso a convertir en inviable el proyecto, al achicarlo demasiado y no cubrir
los costos fijos. Con aumento de impuestos, los proyectos marginales quedan
fuera de juego, y no se van a convertir en trabajo y producción.
¿Achicar un yacimiento para tener
mayor rentabilidad?... SI, es posible, vemos el ejemplo de Quimsacocha en
Ecuador.
Tan sólo como ejemplo,
tomamos el cálculo económico del proyecto Quimsacocha, actualmente denominado Loma
Larga (Azuay, Ecuador), según un informe del 2006. Las cifras del proyecto, si
bien no están actualizadas, nos dan una buena idea comparativa de ambas
posibilidades de extracción para ese momento.
Del informe IAMGOLD’S QUIMSACOCHA PRELIMINARY ASSESSMENT AND OPERATIONS UPDATE se concluye que el proyecto subterráneo extraerá el 52,7% de la roca con
mineral, casi el 64% de Au-Ag y el 61% del Cu a lo largo de 7,4 años, un año
menos de vida que la del proyecto a cielo abierto, sacrificando más del 35% de
las reservas de mineral. A pesar que el VAN es sensiblemente inferior, la TIR
del proyecto subterráneo es un 13,9% mayor (16,4 vs. 14,4) y requiere sólo el
52% de la inversión que el proyecto a cielo abierto.
Si, en Quimsacocha, al sacrificar reservas de baja ley
se aumenta la rentabilidad, acortando la vida del yacimiento… dejando sin
extraer más del 35% del Au, Ag y Cu, que nunca será aprovechado.
Subir impuestos es destruir mineral…
Un incremento de impuestos se paga con
la destrucción de mineral, acortando la vida del yacimiento. La expresión
“destrucción de mineral” no es una metáfora, el mineral de baja ley no extraído,
el que ya no entrará a planta al aumentar la ley de cabeza, no podrá ser
aprovechado nunca más, pues eso sólo es posible mezclándolo con el mineral de
mayor ley, que si será extraído. Y el yacimiento se achicó… o cayó de marginal,
y no va a ponerse en producción.
La percepción de inseguridad jurídica
o el incremento de impuestos en minería, se paga perdiendo proyectos, con menos
años de vida de las minas, menos años de salarios, bienes, servicios e
impuestos. Se paga con pérdida de actividad económica futura.
Más impuestos es un mal negocio para
todos…
Más impuestos a la minería se paga con
menos inversión en exploración y ahuyentando inversiones. Se paga con
destrucción de mineral, acortando la vida de los yacimientos, menos años de
salarios, bienes, servicios e impuestos... eso es pérdida de actividad económica
futura... es destrucción de mineral... es destrucción de valor. Y se paga con menos
recursos para mejorar la calidad ambiental y social de minas y proyectos.
Con más impuestos pierden las empresas…
pierde el Estado... pierde la gente y el medio ambiente...
Falta hacer una pregunta: Bajando impuestos,
¿ganan todos?...