¿Es posible que una Universidad Nacional en MENDOZA no la cumpla?... ¿Están usando “sustancias tóxicas” para procesar minerales metalíferos?... parece que SI… y eso es ilegal, eso es violar la ley 7722… y los ambientalistas, ¿dónde están?
13/2/19
ARGENTINA: ¿La ley antiminera de MENDOZA tiene excepciones?
¿Es posible que una Universidad Nacional en MENDOZA no la cumpla?... ¿Están usando “sustancias tóxicas” para procesar minerales metalíferos?... parece que SI… y eso es ilegal, eso es violar la ley 7722… y los ambientalistas, ¿dónde están?
Podemos opinar
sobre la ley antiminera de MENDOZA,
defenderla, discutirla, pensar que está hecha para cuidar el agua, o que
simplemente sirve para impedir la minería metalífera en la provincia… Podemos
apoyarla o hasta disentir, y plantear modificaciones o su simple anulación.
Pero mientras esté vigente la tenemos que cumplir, TODOS la tenemos que
cumplir…
¿Qué dice la
ley antiminera?... veamos sus principales artículos…
Artículo 1° – A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial
énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la
Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio,
ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros
metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o
industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier
método extractivo.
Artículo 3° –
Para los proyectos de minería metalífera obtenidos las fases de cateos, prospección,
exploración, explotación, o industrialización, la DIA debe ser ratificada por
ley...
Y lo dice
claramente: “prohíbe” el uso “de sustancias químicas como cianuro, mercurio,
ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en
los procesos” … “de industrialización de minerales metalíferos obtenidos a
través de cualquier método extractivo”.
¿Qué están
haciendo en la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo)?
Es muy
interesante que el sistema científico se vincule con la actividad privada,
desarrollando conocimiento, creando tecnología y aportando soluciones a los
problemas reales de la industria, de la gente. Y Más aún, cuando el fruto de la
investigación se concreta en patentes de posible uso industrial.
Y lo están
haciendo… Dos investigadores de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de
la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo), patentaron un innovador método para
extraer litio del espodumeno, un aluminosilicato que contiene litio, procedimiento
que fue patentado internacionalmente.
La industria privada hizo el aporte necesario a fin de montar la planta piloto para recuperar litio en el Laboratorio de
Metalurgia Extractiva y Síntesis de Materiales (MESiMat), la primera planta de
procesamiento de litio en roca del país. Allí se realizan las pruebas piloto,
aplicando un proceso hidrometalúrgico.
“El objetivo
final de este proceso es obtener carbonato de litio, un compuesto muy utilizado
en la industria, sobre todo para la fabricación de dispositivos para reserva de
energía. La novedad de este proceso es que el litio se va a extraer de una
roca, el espodumeno”, afirma uno de los investigadores.
Veamos el
procedimiento en detalle…
“Se ingresa
el mineral sólido (en forma de fina "arena") al reactor de 65 litros.
Se le agrega agua y después el agente químico. Se programa la temperatura y el
tiempo de trabajo, entre 100 y 150 grados centígrados y de 1 a 3 horas”.
“Se deja
enfriar el reactor (una especie de olla a presión) y luego se destapa”.
“El contenido
se pasa a un filtro Büchner, que trabaja con vacío o presión. Ahí se separa (a
modo de un colador) el líquido que va a contener el litio y otros componentes
del mineral, como silicio, aluminio y hierro”.
“Después del
filtrado se lava el sólido, el cual se puede utilizar como árido de alta gama
de uso comercial. Y el líquido pasa a otra etapa donde se van obteniendo los
distintos subproductos salidos de la lixiviación del mineral”.
“El líquido
se vierte en recipientes, con agitación mecánica, y se le añaden reactivos
químicos, para obtener otro subproducto. Mientras, el líquido con el litio va
al filtro otra vez. Este paso se repite tres veces más hasta que se logran
separar todos los subproductos del producto final, el litio”.
“Finalmente,
se pasa al concentrador/evaporador, para disminuir el volumen de agua y
concentrar la solución en litio. Con otro componente químico se obtiene el
carbonato de litio en forma sólida”.
Si, hacen
lixiviación… ¿qué es eso?
La lixiviación
es un “proceso hidrometalúrgico mediante el cual se provoca la disolución de un
elemento desde el mineral que lo contiene para ser recuperado en etapas
posteriores”. Como ejemplo, en la lixiviación del cobre se utiliza una solución
de ácido sulfúrico, y en la de oro se utiliza solución de cianuro.
Como detalla
el procedimiento patentado, en el primer paso se utiliza un “agente químico”, no
detallado en la información periodística, para realizar la “lixiviación del mineral”.
¿Con qué
“agente químico” están lixiviando?, ¿con ácido fluorhídrico?... parece
que si…
Y no tengamos
dudas que el ácido fluorhídrico es una de las “otras sustancias tóxicas
similares” que la ley 7722 prohíbe en “los procesos mineros metalíferos”. Y si
decimos “similares” somos muy benévolos, es uno de los ácidos más tóxicos
conocidos.
¿Es
peligroso que en la Universidad usen fluorhídrico en lixiviación?
Damos
por descontado que los investigadores utilizan el ácido fluorhídrico en un ambiente controlado, tomando las mayores medidas de seguridad, aplicando
los protocolos y procedimientos establecidos para su uso. Ese no es el
problema…
El
problema, es que en MENDOZA está prohibido hacerlo en el procesamiento de
metalíferos, aunque no provoque riesgo alguno, y el litio es un metal. La ley lo impide, y todos la debemos respetar.
¿Quiénes
deben cumplir la ley antiminera de MENDOZA?, ¿hay excepciones?
Es
una muy buena noticia que el sistema científico se integre con la comunidad
para aportar soluciones y desarrollar tecnologías de posible empleo industrial.
El problema, es que la ley antiminera impide hacerlo en MENDOZA cuando se usan
“sustancias tóxicas” en la “industrialización de minerales metalíferos”.
¿La
ley 7722 es irrazonable?, SI… ¿es la respuesta de la demagogia ambientalista de
los políticos, ante las manifestaciones de una minoría revoltosa?, SI… Pero mientras la ley esté vigente, TODOS la
debemos cumplir.
NOTA:
Seguimos esperando que los autodenominados “defensores del medio ambiente”
expresen en las redes sociales, en sus marchas y pancartas su protesta ante la
posible violación de la ley antiminera de MENDOZA. Seguimos esperando que la
justicia haga cumplir la ley a TODOS. Seguimos esperando…
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