31/5/16
¿ARGENTINA castigaba con impuestos a las exportaciones mineras?
SI, aunque no lo puedas creer... las llaman retenciones a la
exportación, y hay gente que las defiende.
En febrero de 2016, el nuevo gobierno argentino eliminó las retenciones a la exportación de productos mineros, tributo que también gravaba
a gran parte de la producción agrícola. En el caso de la minería, el tributo era del
5% o 10% según el producto, y estaba vigente desde marzo de 2002.
La medida es totalmente coherente con la eliminación de las
retenciones a las exportaciones que castigaban a los demás productos
argentinos. Sin embargo, fue duramente atacada no sólo por miembros de la
oposición y antimineros varios, sino también por integrantes de la propia
coalición de gobierno... ¿Los argumentos?:
"Macri premia a las mineras que contaminaron los ríos de San Juan"...
"Las enormes ganancias que producen la mineras se las llevan empresas
multinacionales que dejan pasivos ambientales y sociales imposibles de
revertir. No se puede seguir haciendo concesiones"... Una mezcla de
argumentos económicos y ambientales, que no sólo muestran la ignorancia del
efecto que tiene incrementar impuestos sobre la competitividad del sector y la
vida de los proyectos, sino también plantean un insano intercambio entre medio
ambiente e impuestos...
No lo tienen claro: El cuidado del medio ambiente es un
valor absoluto, no se negocia a cambio de recaudación. Ni la minería ni ninguna
actividad deben contaminar, porque contaminar es DELITO... la carga tributaria es
otro tema, no hay que mezclarlos.
El decreto 349 del Poder Ejecutivo Nacional destaca en sus
fundamentos que tales derechos de exportación "han tenido un efecto
negativo sobre la industria minera argentina". La medida señala que
"el país es una de las pocas jurisdicciones a nivel mundial en que se aplican
derechos de tal índole", cuya aplicación ha "desincentivado las
inversiones". Los derechos de exportación "inciden sobre los márgenes
de utilidad, generan un mayor costo operativo y hacen caer la cantidad de
reservas de los yacimientos determinando, en consecuencia, el cierre prematuro
de minas que, de no encontrar gravadas sus exportaciones, verían extendida su
vida útil".
La aplicación de retenciones "afectó seriamente la
competitividad de las pequeñas y medianas empresas mineras, radicadas mayormente
en zonas de escasa disponibilidad de infraestructura y con costos de transporte
elevados", lo cual determinó "la pérdida de los mercados
internacionales". Según el decreto, son "potencialmente muy
significativos" los riesgos de "pérdida de puestos de trabajo y sus
inevitables consecuencias en todo el sector productivo, en cuanto se refiere a
empleos directos, empleos indirectos y cadena de proveedores". "Ello
se ha visto acentuado con la reciente caída en el precio internacional de los
metales y demás productos minerales", sostiene la medida, y señala que la
"incidencia negativa" de las retenciones al sector minero
"excede considerablemente los beneficios que se generan para el
erario".
El decreto recuerda que esos derechos, al no ser
coparticipables, implicaron "una concentración de los aportes tributarios
mineros en el Estado Nacional, en desmedro de las provincias, quienes poseen la
titularidad originaria de los recursos minerales".
No siempre quien abona un impuesto es quien lo paga. El IVA
(impuesto al valor agregado) lo abona el comerciante, pero lo paga el
consumidor, al igual que Ingresos Brutos. En la compra de un auto alemán, el
arancel de importación lo abona el importador, pero se carga al comprador en el
precio final. El caso de la minería metalífera es diferente, al tratarse de
comodities, el incremento de costos, y los tributos lo son, no puede cargarse
en el precio.
La ubicación, cantidad y calidad del mineral de un
yacimiento lo dispone la naturaleza. La tarea de una empresa minera en la
exploración, es averiguarlo al menor costo posible, a fin de elaborar su
factibilidad técnica y económica. El objetivo es determinar la ubicación,
calidad y cantidad de roca con mineral, definida como tonelaje y ley, siendo
la ley el contenido de metal y se
expresa como proporción en peso. Sin embargo, la distribución del metal en la
roca no es uniforme, la ley es inversamente proporcional al tonelaje. Todo
yacimiento tiene un pequeño sector muy enriquecido, aumentando el tonelaje a
medida que disminuye la ley, con mayores cantidades de roca más pobre en metal.
Conocido el yacimiento y siendo factible su puesta en
producción, el inversor establece el rendimiento que desea obtener, calculada a
partir de la rentabilidad de inversiones alternativas seguras, mas los plus que
compensen el riesgo propio de la operación minera, mas la prima por eventuales
variaciones de precio en el futuro. A partir de estos valores y en función de
los costos, se establece la cantidad de mineral que va a ser extraído y los
años de vida del yacimiento, determinando la ley de cabeza, que es la ley del
mineral que ingresa a planta de concentración. La planta se diseña para un
rango acotado de leyes, y es alimentada mezclando poco mineral de alta ley con
mayor cantidad de mineral de baja ley. Existen límites técnicos y económicos a
las variaciones de la ley de cabeza, por encima de cierto valor, el proyecto no
cubre los costos fijos; por debajo de cierto valor, aumentan exponencialmente
los costos directos, haciendo el proyecto inviable.
La legislación minera nacional, a la que han adherido las
legislaturas provinciales, establece estabilidad fiscal por 30 años para los
proyectos factibilizados y regalías de hasta un 3%. Cuando el inversor percibe
que este marco impositivo puede variar por decisiones administrativas o por
eventuales cambios legislativos, exige a los proyectos una mayor rentabilidad
para cubrir el riesgo. Si el proyecto ya está en producción, y ante un
incremento de regalías o la imposición de retenciones, la empresa tiende a
mantener la rentabilidad prevista. En ambos casos, tanto sea para aumentar la
rentabilidad ante mayor riesgo, o para mantenerla ante la suba de costos, se
incrementa la ley de cabeza. El aumento de la ley de cabeza significa que menos
mineral de baja ley será ingresado a planta. En la práctica, eso es acortar la
vida del yacimiento, pues los sectores más pobres dejarán de ser aprovechados,
llegando incluso a convertir en inviable el proyecto.
Un incremento de regalías o retenciones a la actividad
minera se paga con la destrucción de mineral, acortando la vida del yacimiento.
La expresión “destrucción de mineral” no es una metáfora, el mineral de baja
ley no extraído, no lo podrá ser nunca más, pues hacerlo sólo es posible
gracias a la cercanía del mineral de mayor ley, que si lo será.
¿Cuántos impuestos paga la minería?
La minería argentina paga los mismos impuestos que cualquier
otra industria, impuestos nacionales, provinciales y cargas municipales, más el
3% de regalías a la provincia. La carga impositiva total sobre las ventas es
superior al 50%, teniendo en cuenta los tributos abonados, más aquellos
contenidos en el precio de los bienes y servicios que demanda. A eso se le
sumaban las eliminadas retenciones a la exportación.
¿Las retenciones sólo afectaban a las grandes mineras?
NO, el 9,41% de las retenciones eliminadas afectaban a 117 PYMES (pequeñas y medianas empresas) radicadas en 12 provincias argentinas.
Si bien la participación de las PYMES es apenas poco menos que el 10%, su
impacto en las economías regionales y generación de empleo no es despreciable.
Poco más del 90% restante corresponde a las denominadas "grandes
mineras", "multinacionales", "megamineras", etc...
apelativos peyorativos que esconden el importante impacto que tienen en el
empleo, desarrollo de bienes y servicios locales, y su aporte tributario en varias
provincias... por cierto, todo muy lejos de Buenos Aires...
Promover la minería, para tener un país más federal...
El ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren, al
cerrar los festejos por Día de la Minería, señaló que “para las provincias cordilleranas, las regiones del
NOA, Cuyo y la Patagonia, la industria minera puede y debe convertirse en lo
que la agricultura y la ganadería representan para la Pampa Húmeda”.... y
respecto a las retenciones eliminadas: “la quita representa menos del
10% de lo que el sector suma al país a través de las exportaciones”.
Las retenciones significan menos inversión y destrucción de
mineral...
Las retenciones a la exportación minera se pagaban ahuyentando
inversiones, se pagaban con destrucción de mineral, acortando la vida de los
yacimientos. El incremento de impuestos en minería cuesta menos años de vida de
la mina, menos años de salarios, bienes, servicios e impuestos... eso es pérdida
de actividad económica, ....destrucción de mineral, ...destrucción de valor.
Las retenciones se pagaban con más pobreza... algo
que los opositores a su eliminación no alcanzan a comprender, o no les importa,
repitiendo los clásicos slogans antimineros.