- Publicado en Mining Press – Diario Minero – 17 de diciembre del 2010.
- Publicado en Mining Press – Revista – Nº 45: 54-56 – Febrero-Marzo 2011.
Es natural pensar que el aumento de precio de los metales, aporta ganancias extraordinarias a las empresas mineras. Mirando en detalle qué significa ese incremento y analizándolo en el marco de la estructura de costos e impuestos, nos podemos llevar una sorpresa: la empresa no se lleva la mayor parte del beneficio.
Aumenta el precio, y los costos son fijos?
Roberto Cachanosky nos explica que
“no son los costos los que determinan los precios, sino que, por el contrario, son los precios de los bienes finales los que determinan los precios de los bienes de producción, o sea los costos”.... “Los costos son el resultado de la existencia de precios esperados”. Esta regla general es más válida aún en el caso de los comodities, minerales y metales, cuyo precio no obedece a una estrategia de
“pricing”, sino que surge de un “
mercado de competencia perfecta”.
Ante el incremento de precios, los costos no permanecen constantes, hay al menos dos factores de incremento:
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Una variante del " efecto riqueza":: no sólo el ESTADO aumenta el gasto cuando suben los ingresos, eso también sucede en la actividad privada. En minería implica mayores compromisos, más
RSE, hasta incremento de la inversión tecnológica y en elevar estándares ambientales.
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Efecto devaluatorio: el incremento de precios puede ser separado en dos componentes, por un lado, la variación cíclica del comodity, por otro, la devaluación de la unidad de medida, el dólar. En la gráfica se aprecia que cerca de un tercio de la suba de precios, no es más que el producto de la devaluación de dólar, causando un aumento de costos en pesos chilenos, rands, reales, dólares australianos, canadienses, etc, y hasta en nuestros pesos, por vía de inflación con atraso cambiario.
Podemos estimar que el aumento de precios afecta en dos tercios en los costos, un tercio de incremento por devaluación, y otro tercio por “efecto riqueza”.
Costos impositivos
Más de un tercio de la carga tributaria total, se compone de retenciones y regalías, tributos que varían directamente con el incremento de precios, más el impuesto a las ganancias, que los acompaña en una alta correlación. El resto, son impuestos asociados a los costos de operación, fijos y variables, tanto propios, como de bienes y servicios contratados, y que varían al modificarse estos.
Cómo se reparte el lingote cuando el precio aumenta?
Ya hemos visto la foto, más del 50% del producto se paga en impuestos, veamos la película.
Partiendo de una relación 52% impuestos - 35% costos - 13% rentabilidad, y tomando como precio base 100, hemos calculado como varían en valor absoluto y en participación porcentual, para incrementos de precio de 10%, 20%, 50%, 100%, 200% y hasta 300%.
Para incrementos del orden del 10, 20 y hasta 50 %, la variación de la participación impositiva es menor, manteniéndose bien por encima del 51% de carga tributaria total, con leve disminución de costos en beneficio de la rentabilidad.
Aun en el caso más extremo, con un 300% de incremento de precios, la carga impositiva total sigue siendo superior al 50% (de 52% - base 100 - a 50,7% - base 400), y la rentabilidad aumenta sólo un 50% (de 13% a 19,5%), mayormente a expensas de los costos, que bajan del 35% al 29,8%. Este incremento de la participación de beneficios, no es más que la contracara de los riesgos ante la baja de precios, donde la renta cae, y los impuestos aumentan su porcentual, ya que retenciones regalías e impuestos asociados a los costos se perciben igual, aunque el negocio no deje ganancia.
En valores absolutos, para un incremento del 50% del precio, el monto de impuestos crece un 48,7%, y en el caso extremo, para el 300%, los impuestos totales suben un 290%. Hay una correlación directa que tiende a 0,97, entre incremento de precios e impuestos totales.
Entonces, quién se beneficia?, hay ganancias extraordinarias?
Aumentan porcentualmente los beneficios de la empresa, que asumió los riesgos, y al obtener mayor ingreso puede afrontar otras inversiones de riesgo. Si bien incrementa su participación, mayormente a expensas de los costos, la suba de beneficios tiende a ser marginal, a medida que aumenta el precio. Tan sólo como ejemplo, los beneficios sólo aumentan en un 0,7% de participación (del 18,8 al 19,5%), cuando el precio sube del 200 al 300%.
El gran beneficiario es el Estado, que sigue participando en más de un 50% de carga tributaria total, con una correlación entre precios y tributos de 0,97, casi directa. El Estado se lleva entre 4 (base 100) y 2,6 (base 400) veces más beneficios que los inversores.
AUN CON UN INCREMENTO DEL 300% EN EL PRECIO, EL ESTADO SIGUE RECIBIENDO MÁS DEL 50% EN IMPUESTOS.
AL AUMENTAR LOS PRECIOS, EL ESTADO SE QUEDA CON GRAN PARTE DE LA “RENTA EXTRAORDINARIA”
NOTA (diciembre 2011): Según el BCRA, "si se toma en cuenta el último año, los ingresos por cobros de exportaciones del sector minería representaron un 83% de sus exportaciones del período". En cifras, sobre exportaciones por u$s4.333 millones, liquidaron divisas por u$s3.583 millones. Esto significa que dejaron en el exterior u$s750 millones, EL 83% DE LO LIQUIDADO EN EL EXTERIOR REGRESÓ AL PAÍS.